Normativa para Centros y Núcleos Zoológicos en la Comunidad Valenciana
La apertura y gestión de un centro zoológico en la Comunidad Valenciana está sujeta a un estricto marco legal diseñado para garantizar el bienestar animal, la seguridad sanitaria y la protección del medio ambiente. Comprender los requisitos para obtener la autorización de núcleo zoológico es el primer paso fundamental para cualquier criador, refugio, tienda de animales o centro de recuperación en las provincias de Valencia, Alicante y Castellón.
Marco Legal Vigente: Leyes y Decretos
La regulación de los núcleos zoológicos en la Comunidad Valenciana se basa en una combinación de normativas autonómicas y leyes nacionales de bienestar animal. Las principales disposiciones que rigen esta actividad son:
- Decreto 158/1996: Por el que se desarrolla la Ley de la Generalitat Valenciana 4/1994, sobre protección de los animales de compañía. Es la norma base para la regulación de núcleos zoológicos.
- Ley 2/2023 de Bienestar Animal de la Comunidad Valenciana: Actualización normativa que endurece los requisitos de tenencia y cuidado.
- Ley 7/2023 (Ámbito Nacional): De protección de los derechos y el bienestar de los animales, que establece marcos mínimos de obligado cumplimiento en todo el territorio español.
- Normativa Sanitaria: Regulaciones específicas de la Conselleria de Agricultura, Ganadería y Pesca sobre sanidad animal y gestión de residuos (SANDACH).
Requisitos Técnicos para la Licencia de Núcleo Zoológico
Para inscribirse en el Registro de Núcleos Zoológicos de la Comunidad Valenciana, las instalaciones deben cumplir una serie de condiciones higiénico-sanitarias y de seguridad.
1. Emplazamiento e Infraestructura
Las instalaciones deben estar ubicadas en lugares que no supongan riesgos para la salud pública ni molestias para los vecinos. Deben contar con:
- Aislamiento adecuado para evitar fugas de animales.
- Sistemas de ventilación, iluminación y temperatura acordes a las especies albergadas.
- Suelos impermeables y fáciles de limpiar y desinfectar (sistemas de drenaje conectados al alcantarillado o fosa séptica autorizada).
- Zona de cuarentena o aislamiento para animales enfermos o de nueva llegada.

2. Gestión Veterinaria y Sanitaria
Es obligatorio contar con un programa de control sanitario avalado por un veterinario colegiado. Este programa debe incluir:
- Protocolos de desparasitación y vacunación.
- Gestión de la alimentación y agua potable.
- Contrato con un gestor autorizado para la retirada de residuos biológicos y cadáveres.
3. Gestión Administrativa y Documental
Todo centro autorizado debe mantener actualizado el Libro de Registro de Movimientos, donde se reflejan las altas, bajas, ventas y defunciones de los animales. Este libro debe estar diligenciado por la autoridad competente.
Pasos para la Solicitud del Registro (REGA/RIGA)
El trámite se realiza ante los Servicios Territoriales de la Conselleria competente en materia de ganadería. El proceso general incluye:
- Solicitud Municipal: Obtención de la licencia de actividad clasificada en el Ayuntamiento correspondiente.
- Memoria Técnica: Redacción de una memoria descriptiva firmada por un técnico competente (veterinario o ingeniero agrónomo) que detalle las instalaciones, el manejo de los animales y el plan sanitario.
- Presentación de Instancia: Entrega de la documentación en el registro de la Conselleria o a través de la sede electrónica de la Generalitat.
- Inspección Oficial: Visita de los veterinarios oficiales de la Oficina Comarcal Agraria (OCA) para verificar que las instalaciones coinciden con la memoria presentada.
- Resolución: Asignación del código de registro de núcleo zoológico.
Conclusión y Asesoramiento
La normativa de núcleos zoológicos busca asegurar que la actividad económica o conservacionista sea compatible con el bienestar ético de los animales. Se recomienda encarecidamente contar con asesoramiento profesional para la redacción de las memorias técnicas y asegurar que el proyecto cumple con las especificidades de la legislación valenciana antes de iniciar cualquier obra o adquisición de ejemplares.