Normativa y Requisitos para la Licencia de Apertura de una Cafetería
Abrir una cafetería requiere el cumplimiento estricto de una serie de normativas municipales, autonómicas y estatales. La obtención de la licencia de actividad o apertura depende de la adecuación del local a los estándares técnicos, sanitarios y de seguridad vigentes. A continuación, desglosamos los puntos críticos que todo emprendedor de hostelería debe conocer.
1. Requisitos Arquitectónicos y Estructurales
El Código Técnico de la Edificación (CTE) establece las bases estructurales. Para una cafetería, es fundamental prestar atención a las dimensiones y distribución:
- Altura libre mínima: Generalmente se exige una altura mínima de 2,50 metros en zonas de público y 2,20 metros en zonas de servicio (aseos, almacén, barra).
- Ventilación e Iluminación: El local debe contar con sistemas de renovación de aire forzada o natural adecuados al aforo previsto.
- Anchura de paso: Los pasillos y zonas de tránsito deben respetar anchos mínimos (habitualmente 1 metro) para garantizar la evacuación y el flujo de trabajo.
2. Normativa de Salida de Humos
Uno de los aspectos más críticos en la licencia de apertura para cafeterías es la evacuación de humos. La normativa varía según si se elaboran alimentos en cocina o solo se sirven productos precocinados/bebidas.
Tipos de Licencia según la cocina:
- Cafetería con cocina: Es obligatorio disponer de una salida de humos independiente que conduzca los vapores a la cubierta del edificio, superando en altura a los edificios colindantes (generalmente 1 metro por encima).
- Cafetería sin cocina (office): Si solo se utilizan electrodomésticos de baja potencia (microondas, tostadoras) y no hay cocción con grasas, algunos ayuntamientos permiten la instalación de filtros de carbono o condensadores de vapor, aunque esto está sujeto a una normativa municipal muy específica.
3. Normativa Acústica y Aislamiento
Para evitar molestias a los vecinos y cumplir con la Ley del Ruido, el local debe someterse a un estudio acústico.
Los requisitos habituales incluyen:
- Aislamiento de paramentos: Insonorización de techos, suelos y paredes colindantes con viviendas (techo flotante, trasdosados).
- Vestíbulo acústico: Instalación de una doble puerta en la entrada para actuar como barrera fonética (obligatorio en zonas saturadas de ruido o ZAS).
- Limitador de sonido: Si se prevé música ambiental o televisión, es probable que se requiera un limitador precintado conectado al equipo de audio.
4. Accesibilidad (Normativa SUA)
La normativa de accesibilidad es de obligado cumplimiento para garantizar el acceso a personas con movilidad reducida (PMR). Esto afecta tanto al acceso al local como al interior.
Puntos clave de accesibilidad:
- Rampa de acceso: Si hay desnivel en la entrada, se debe instalar una rampa con una pendiente máxima del 10% (o 8% en tramos largos).
- Aseos adaptados: Al menos uno de los aseos debe ser accesible. Las dimensiones mínimas suelen requerir que se pueda inscribir un círculo de 1,50 metros de diámetro libre de obstáculos.
- Barra adaptada: Un tramo de la barra debe tener una altura reducida para atender a usuarios en silla de ruedas.
5. Seguridad Contra Incendios y Sanidad
Finalmente, la seguridad y la higiene son pilares para la concesión de la licencia.
- Extintores y Señalización: Presencia de extintores de polvo polivalente y de CO2 (cerca del cuadro eléctrico), debidamente señalizados y con luces de emergencia sobre las puertas de salida.
- Materiales Ignífugos: Los materiales de decoración y revestimiento deben tener certificado de reacción al fuego adecuado.
- Manipulación de Alimentos: Zonas diferenciadas para manipulación de alimentos crudos y cocinados, lavamanos de accionamiento no manual en cocina y superficies de fácil limpieza (acero inoxidable).
- Cuarto de Basuras: Espacio ventilado y aislado para el almacenamiento de residuos.
